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Jueves, 16 de abril de 2020
 
 
 
 
 
MEDIDAS Y EFECTOS CAMBIARIOS
Por Cristina Román Gaitán – Equipo Cambiario, Inversiones Internacionales Y Derivados Financieros

TRM 3.920,83 ↑

El Gerente del Banco de la República realizó el día de ayer una rueda de prensa virtual en la cual explicó los efectos de las decisiones recientemente tomadas en relación a la reducción del encaje, la autorización al Banco de la República de comprar TES y coberturas de TES.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LOS AVANCES LEGALES MÁS DESTACADOS DEL DÍA
Por Juan Fernando Puerta– Equipo Corporativo Empresarial
 
La ANI adopta nuevas disposiciones frente a obras de públicas.
La ANI actualizó las medidas para hacer frente a la emergencia sanitaria, entre las cuales se destacan las siguientes: (1) los concesionarios de todos los modos de transporte y los contratistas de obra pública férrea deben presentar a la ANI y la Interventoría, dentro de los 3 días siguientes a la entrada en vigencia de esta norma, un Plan de Reactivación de Obras en el marco de la emergencia; y (2) la Interventoría debe presentar a la ANI su no objeción a este Plan de Reactivación de Obras dentro de los 2 días siguientes a su radicación, para que la ANI pueda enviar este concepto al respectivo contratista mediante comunicación que será requisito obligatorio para reactivar las obras.

El suministro de elementos de protección personal para trabajadores es obligatorio.
El Ministerio del Trabajo recordó la obligación que tienen los empleadores de suministrar a sus trabajadores los equipos de protección adecuados, con las condiciones de seguridad y eficiencia requeridos según la naturaleza del riesgo. Para esta entidad, en la fase de mitigación las Administradoras de Riesgos Laborales deben ayudar a los empleadores en relación con el suministro de los elementos de protección personal, la realización de chequeos médicos frecuentes preventivos y diagnósticos, y la implementación de acciones de intervención directa relacionadas con el Covid-19.  

Fortalecimiento del sector salud durante la emergencia sanitaria.
El Ministerio de Salud y Protección Social adoptó medidas para la prestación del servicio de salud bajo condiciones extraordinarias con el fin de atender la emergencia sanitaria. Entre las decisiones aprobadas se encuentra la adecuación temporal de lugares dentro o fuera de las instalaciones de los prestadores del servicio de salud, para lo cual solamente será necesaria la autorización de la secretaría municipal o distrital de salud o de las direcciones territoriales de salud. Adicionalmente, se decidió que no causar intereses moratorios por las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral que se paguen en forma extemporánea.

Decisiones sobre la prevención y seguimiento en servicios públicos.
Algunas de las disposiciones implementadas por el Gobierno Nacional sobre los servicios públicos, incluyen la activación de los planes de emergencia y contingencia para el manejo de desastres y emergencias asociados a la prestación de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y aseo. Para quienes presten el servicio de acueducto, deberán reinstalar de manera inmediata este servicio a los suscriptores residenciales, exceptuando a aquellos que hayan sido suspendidos o desconectados por conexiones fraudulentas. De no ser posible su reconexión, se deberá proveer agua potable mediante medios alternativos.

 
 
 
 
 
 
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