| PLAN DE CHOQUE DE LA JUSTICIA | Sobre el futuro inmediato del Derecho concursal y los juzgados mercantiles Jos Mara Fernndez Seijo Magistrado Este artculo tiene como objeto el anlisis del reciente RDL 16/2020, en el que se introducen importantes reformas de carcter procesal y organizativo en materia concursal, las referidas a la regulacin de los procedimientos concursales que puedan presentarse como consecuencia de la emergencia sanitaria, tambin a la agilizacin de procedimientos en curso. Es especialmente importante la decisin del legislador de ampliar el plazo para solicitar el concurso, tambin la incorporacin de las nuevas experiencias de gestin para la reactivacin gradual de la actividad judicial. |
| Aproximacin al rgimen jurdico de los artculos 8 a 18 del Captulo II (medidas concursales y societarias) del Real Decreto Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el mbito de la Administracin de Justicia Guillermo Alcover Garau Catedrtico de Derecho Mercantil Los artculos 8 a 18 del RDL 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el mbito de la Administracin de Justicia, contienen una serie de normas, que a juicio del Gobierno, son las procedentes para que los operadores mercantiles y la jurisdiccin de tal carcter puedan hacer frente a la crisis econmica subsiguiente a la sanitaria provocada por el Covid-19. Al anlisis de esa regulacin dedica el autor este artculo. |
| Medidas posibilistas en la Justicia civil despus del levantamiento de la declaracin del estado de alarma Alberto Martnez de Santos Letrado de la A. de Justicia Diferentes instituciones y colectivos han propuesto medidas de variada naturaleza para afrontar el colapso que probablemente sufra la administracin de justicia cuando esta recobre cierta normalidad en su funcionamiento y, prximamente se publicar un real decreto ley. Sin embargo, y en lo que se refiere a la justicia civil, se analizan en este trabajo modificaciones legislativas de muy escaso calado que permitiran solucionar parte del problema e incluso convertirse en una solucin duradera para un proceso ms eficaz. |
| Examen de la propuesta de reforma del artculo 770 de la LEC. El plan de parentalidad y la declaracin responsable Juan Pablo Gonzlez del Pozo Magistrado–juez titular del Juzgado de 1 Instancia n.o 24, de Familia, de Madrid Dentro de las medidas de naturaleza procesal propuestas por el Consejo General del Poder Judicial en el Plan de Choque para evitar el colapso generalizado de la Administracin de Justicia a consecuencia de la avalancha de asuntos que llegarn a los juzgados a causa de la crisis sanitaria del Covid19, hay una que afecta al mbito del orden jurisdiccional civil, y en concreto al derecho de familia, de extraordinaria importancia. Es la modificacin de la exigencia de dos nuevos documentos que deben acompaarse a la demanda y que se constituyen en requisitos para su admisibilidad: El llamado plan de Parentalidad y la denominada Declaracin responsable de bienes y derechos. Este artculo se centra en el examen en profundidad de esa importante propuesta de reforma, que probablemente tenga cabida en un anteproyecto de ley de reformas procesales de la Administracin de Justicia a tramitar en los prximos meses. |
| NOTA DE LA REDACCIN | Hoy en nuestra portada lo ms destacado del Especial Diario La Ley Unin Europea n 80, abril 2020 Termina el mes de abril, y el Diario La Ley, en su decidida apuesta de ofrecerles informacin jurdica de calidad, cede su espacio al Especial de la Unin Europea, publicado en la revista digital Smarteca. Pueden acceder al sumario completo de la revista del mes. |
| TRIBUNA | Proteccin de datos personales y supresin de enlaces en buscadores Pedro Alberto DE MIGUEL ASENSIO Catedrtico de Derecho internacional privado Universidad Complutense de Madrid La jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia, combinada con la actividad del Comit Europeo sobre Proteccin de Datos, aportan nuevas claves para concretar el alcance y aplicacin del derecho de supresin regulado en el art. 17 del Reglamento general de proteccin de datos. Entre las novedades destacan las relativas a la delimitacin del alcance espacial de las medidas de retirada de enlaces, los motivos en los que puede fundarse el derecho de supresin y las excepciones a tal derecho que pueden justificar que el responsable del tratamiento no deba proceder a la supresin de los datos personales. |
| DOCTRINA | Brexit, relaciones privadas internacionales y proteccin de datos de carcter personal: y ahora qu?... dejar de ser el Reino Unido un pas seguro? Alfonso ORTEGA GIMNEZ Profesor Contratado Doctor de Derecho internacional privado de la Universidad Miguel Hernndez de Elche (acr. Titular de Universidad)(*) El pasado 31 de enero de 2020 tuvo lugar, formalmente, la salida del Reino Unido de la Unin Europea. No obstante, en virtud del Acuerdo de Retirada firmado, el Reino Unido ha dejado de ser miembro de la Unin Europea, pero debe seguir aplicando, en materia de proteccin de datos de carcter personal el Reglamento General de Proteccin de Datos (RGPD), a todos los datos de interesados fuera del Reino Unido, que se hayan tratado con anterioridad al fin del perodo transitorio (que termina, a priori, el 31 de diciembre de 2020). Ello implica que, a efectos de exportacin de datos, la situacin del Reino Unido es equiparable a la de un Estado Miembro, por lo que durante el perodo de transicin es de aplicacin el RGPD; sin embargo la situacin ser completamente distinta una vez finalizado el perodo de transicin que les obligar, tanto al Reino Unido como a la Unin Europea, a preparar un marco jurdico de nueva generacin para afrontar los retos en materia de proteccin de datos de carcter personal que el actual entorno globalizado exige. La salida de esta zona de libre circulacin de datos implicar que el Reino Unido pase a ser considerado como tercer pas. No obstante, es presumible que la Comisin le otorgue el estatus de pas seguro, dado que heredara la regulacin vigente hasta el momento, desarrollada y aplicada al igual que el resto de los pases de la Unin. Sin embargo, puede existir un lapso de tiempo entre que se produzca la separacin definitiva de la Unin Europea y la Decisin de la Comisin de considerar a Reino Unido como pas seguro, en cuyo caso, el movimiento de datos que se produjera en ese perodo s que podra suponer una Transferencia Internacional de Datos, y por tanto, las empresas que contraten servicios de tratamiento o alojamiento de datos en Reino Unido podran tener que regularizar estas transferencias para un perodo de tiempo indeterminado. Tambin cabe la posibilidad de que laUE reaccione al Brexit con revanchismo, y que, entre las muchas trabas que le ponga a Reino Unido e st la de no reconocerle como pas seguro. Si fuese el caso, caera en un bloqueo de facto, similar al que llevamos sufriendo desde octubre de 2015, cuando se anul el Acuerdo de Puerto Seguro con Estados Unidos. |
| SENTENCIAS SELECCIONADAS | El procedimiento de admisin a trmite del recurso contra la declaracin de ejecutividad en el marco del Reglamento 44/2001 Josep Gunnar HORRACH ARMO Profesor ayudante de Derecho Internacional Privado. Universidad de las Illes Balears La sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2019 (Aktiva Finants, C-433/18) analiza si un procedimiento de admisin a trmite es compatible con el derecho al recurso efectivo previsto en el art. 43, ap. 1, del Reglamento 44/2001. Tras analizar los principios que inspiran el procedimiento de declaracin de ejecutividad y el recurso contra la resolucin que otorga o deniega el executur, el TJUE concluye que, si bien se deber analizar caso por caso, el procedimiento de admisin a trmite previsto en la legislacin finlandesa no vulnera las disposiciones del Reglamento 44/2001. |
| El concepto de ayuda de Estado y la falta de legitimacin de los Tribunales Econmico-administrativos para plantear cuestiones prejudiciales Sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de enero de 2020: C-271/14, Banco de Santander Jos Manuel ALMUD CID Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Miembro del Instituto de Desarrollo Europeo e Integracin Regional. Universidad Complutense de Madrid El presente trabajo analiza la jurisprudencia dictada por el Tribunales de la Unin Europea en relacin con la adecuacin de la deduccin del fondo de comercio financiero en el impuesto sobre sociedades con el concepto de ayuda de Estado y la legitimacin de los tribunales econmico-administrativos para plantear cuestiones prejudiciales. |
| Seguridad jurdica y transitoriedad de los contratos de transporte pblico en la UE Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de marzo de 2020, Asunto C-45/19, Compaa de Tranvas de La Corua, S. A. y Ayuntamiento de A Corua Jaime RODRGUEZ MEDAL LLM Derecho UE. Universidad Libre de Bruselas.Director de CONFEBUS. Confederacin espaola de transporte en autobs El Tribunal de Justicia de la Unin Europea considera que el contrato de servicio de transporte pblico urbano de A Corua puede continuar su vigencia hasta el fin de su trmino previsto para finales de 2024. El Ayuntamiento de A Corua interpretaba que una aplicacin retroactiva de las disposiciones transitorias del Reglamento (CE) n.o 1370/2007 acortaba la duracin de dicho contrato, que haba sido adjudicado en 1986. La controversia vena dada por la falta de precisin que la norma contena a la hora de computar el plazo mximo de continuidad de treinta aos previsto para ciertos contratos adjudicados antes de la entrada en vigor del Reglamento. La sentencia es novedosa por cuanto interpreta de forma vinculante una disposicin que llevaba ms de diez aos pendiente de aclaracin, contribuyendo al desarrollo del Derecho de la Unin Europea en el campo de los servicios de transporte pblico. Adems, esta sentencia enva de este modo un claro mensaje a las autoridades c ompetentes y a los operadores econmicos en el mbito del transporte pblico. |
| JURISPRUDENCIA | El Tribunal Econmico–Administrativo Central no puede considerarse como rgano jurisdiccional nacional a los efectos de una peticin de decisin prejudicial La separacin del Presidente y los vocales del TEAC y de los miembros de los dems TEA no se limita, como exige el principio de inamovilidad a ciertos supuestos excepcionales que reflejen motivos legtimos e imperiosos que justifiquen la adopcin de tal medida y en los que se respete el principio de proporcionalidad y se observen los procedimientos establecidos al efecto, como pueden ser un supuesto de incapacidad o de falta grave que les impida reunir las condiciones de aptitud para continuar en el ejercicio de sus funciones. De ello se deduce que la legislacin espaola no garantiza que el Presidente y los vocales del TEAC se encuentren al amparo de presiones externas, directas o indirectas, que puedan hacer dudar de su independencia. |
| Competencia judicial especial en materia contractual: demanda de indemnizacin presentada contra el transportista areo encargado del ltimo trayecto ante el rgano jurisdiccional en cuya demarcacin se sita el punto de salida del primer trayecto En caso de vuelos objeto de una nica reserva confirmada, divididos en varios trayectos y operados por distintos transportistas areos, la indemnizacin por la anulacin del ltimo trayecto puede solicitarse ante los rganos jurisdiccionales del lugar de salida del primer trayecto dos pasajeros hicieron una nica reserva confirmada para un vuelo con escalas. |
| Clusula atributiva de competencia prevista en un contrato de seguro que cubre grandes riesgos El Reglamento Bruselas I debe interpretarse en el sentido de que la clusula atributiva de competencia prevista en un contrato de seguro que cubre grandes riesgos, en el sentido de esta ltima disposicin, concluido por el tomador del seguro y el asegurador, no puede oponerse a la persona asegurada en virtud de dicho contrato, que no es profesional del sector de los seguros, que no ha aceptado tal clusula y que est domiciliada en un Estado miembro distinto de aquel en el que tienen su domicilio el tomador del seguro y el asegurador. | Habilitacin del representante de una empresa de seguros distintos del seguro de vida en territorio nacional para recibir un escrito de interposicin en materia de indemnizacin por un accidente de trfico El Derecho de la Unin debe interpretarse en el sentido de que la designacin por una empresa de seguros distintos del seguro de vida de un representante en el Estado miembro de acogida incluye tambin la habilitacin de ese representante para recibir un escrito de interposicin en materia de indemnizacin por un accidente de trfico. |
| Modificacin de la legislacin penal del Estado miembro emisor entre la fecha de los hechos y la fecha de emisin de la orden de detencin europea Para apreciar si la orden de detencin europea contra una persona condenada en Espaa por un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillacin a las vctimas del terrorismo debe ejecutarse sin examinar si este delito tambin se castiga en Blgica, los tribunales belgas deben tener en cuenta la duracin de la pena prevista por la ley espaola aplicable a los hechos cometidos. | ACTUALIDAD UE | El Consejo adopta la estrategia a largo plazo de la UE para su presentacin a la Convencin Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico El Consejo adopt el 5 de marzo de 2020 la estrategia de desarrollo a largo plazo de bajas emisiones de gases de efecto invernadero de la UE en nombre de la UE y sus estados miembros. Esto se enviar ahora a la Convencin Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico (CMNUCC) segn lo requerido por el Acuerdo de Pars. |
| Directrices interpretativas sobre los Reglamentos de la UE en materia de derechos de los pasajeros en el contexto de la situacin cambiante con motivo de la Covid-19 El Diario Oficial de 18 de marzo de 2010 publica la Comunicacin de la Comisin que incluye las Directrices interpretativas sobre los Reglamentos de la UE en materia de derechos de los pasajeros en el contexto de la situacin cambiante con motivo de la Covid-19. Estas Directrices interpretativas tienen por objeto aclarar cmo han de aplicarse determinadas disposiciones de la legislacin de la UE en materia de derechos de los pasajeros en el contexto del brote de Covid-19, particularmente en lo relativo a las cancelaciones y los retrasos. |
| Declaracin sobre la situacin en las fronteras exteriores del Consejo de la UE Los Ministros de Asuntos Interiores de la UE se reunieron el 4 de marzo, junto con los Ministros de los Pases Asociados Schengen, para una reunin extraordinaria del Consejo para discutir la situacin en las fronteras exteriores de la UE con Turqua. En consonancia con las fuertes declaraciones de los cuatro presidentes de las instituciones de la UE durante su reciente visita a la frontera greco-turca, el Consejo expresa su solidaridad con Grecia, Bulgaria y Chipre y otros Estados miembros, que podran verse igualmente afectados, incluso en los esfuerzos gestionar las fronteras exteriores de la UE. La UE tambin seguir cooperando estrechamente con los socios de los Balcanes Occidentales en la gestin de los flujos migratorios. | Con motivo del Covid-19 la Comisin pone marcha de los carriles verdes en el marco de las Directrices sobre medidas de gestin de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales El DO de 24 de marzo de 2020 publica la Comunicacin de la Comisin sobre la puesta en marcha de los carriles verdes en el marco de las Directrices sobre medidas de gestin de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales. Dicha Comunicacin insta a los Estados miembros a aplicar ntegramente las directrices para la gestin de las fronteras a todos los transportes de mercancas dentro de la UE y ofrece orientaciones adicionales especficas. |
| Restriccin temporal de los viajes no esenciales a la UE, facilitacin del rgimen de trnsito para la repatriacin de los ciudadanos de la UE y sus efectos en la poltica de visados El DO de 30 de marzo de 2020 publica la Comunicacin de la Comisin: Covid-19: Directrices sobre la aplicacin de la restriccin temporal de los viajes no esenciales a la UE, sobre la facilitacin del rgimen de trnsito para la repatriacin de los ciudadanos de la UE y sobre sus efectos en la poltica de visados. La Comunicacin complementa las Directrices sobre medidas de gestin de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales. | Covid-19: Directrices relativas al ejercicio de la libre circulacin de los trabajadores El DO de 30 de marzo de 2020 publica la Comunicacin de la Comisin: Covid-19: Directrices relativas al ejercicio de la libre circulacin de los trabajadores. La crisis de la Covid-19 ha llevado a la adopcin de medidas sin precedentes en todos los Estados miembros de la UE, entre ellas la reintroduccin de controles en sus fronteras interiores. Por eso, los Estados miembros deben permitir y facilitar el cruce de fronteras por parte de los trabajadores fronterizos, especialmente, aunque no exclusivamente, de quienes trabajan en el sector de la salud y la alimentacin, y otros servicios esenciales (por ejemplo, el cuidado de nios, la atencin a las personas mayores, el personal crtico de los servicios pblicos) para garantizar la continuidad de la actividad profesional. |
|
|