La Ley 2155 de 2021 modificó los artículos 631-6 y 631-6 del Estatuto Tributario estableciendo el deber de reportar a los beneficiarios finales de vehículos o estructuras patrimoniales en el nuevo Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB). El pasado 27 diciembre, la DIAN expidió la Resolución No. 164 de 2021, que reglamenta los mencionados artículos y define qué se entiende por beneficiario final, beneficiario condicionado y por control, y establece quiénes son los obligados a suministrar información al RUB, así como los plazos para diligenciarlo, entre otros asuntos.
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