Mediante el Decreto 818 de 2020, el Gobierno Nacional detalló la procedencia de las solicitudes de devolución para espectáculos que iban a ser realizados desde el 12 de marzo de 2020. En los casos en que los productores de espectáculos públicos reciban solicitudes de retracto y desistimiento podrán realizar la devolución o el reembolso de los derechos de asistencia a los espectáculos efectivamente cancelados, aplazados o reprogramados.
Usted está recibiendo este email porque está suscrito en nuestra lista de Newsflash