| | | | Medida transitoria sobre pago de tributos aduaneros |
| | El Gobierno Nacional expidió el Decreto 955 de 2022 que excluye de la base gravable para la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas el 100% de los gastos del transporte, así como, los gastos conexos de bienes comprendidos en 200 subpartidas arancelarias. Estas subpartidas abarcan productos desde: maíz duro amarillo, cortes finos de carne de animales bovinos y aceite de soya, hasta compresas y tampones higiénicos de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa . Esta medida tiene una duración de seis (6) meses (desde su publicación en el Diario Oficial), durante la cual se permitirá la importación de dichos bienes con la exclusión del valor en aduanas de los gastos de transporte y conexos. El Decreto 955 se expide como medio para implementar la Decisión 894 de la Comunidad Andina, que otorgó la facultad, en cabeza de los Países Miembros, de reducir un porcentaje de los gastos de transporte y/o gastos conexos comprendidos en el transporte de mercadurías del valor en aduanas. | |
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