Mediante la Resolución 30 del 29 de marzo de 2020 la DIAN adoptó medidas y protocolos para garantizar la atención y prestación de sus servicios y suspendió todos los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa. Así mismo, aclara el reconteo de términos suspendidos y señala los casos en que no aplica la suspensión.
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