Abogacía Española

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Viernes 1 de marzo de 2024

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La reforma de 2022 amplió el alcance del asesoramiento legal en los procesos concursales, en el ámbito preventivo, para maximizar beneficios y minimizar pérdidas y en la negociación para alcanzar acuerdos y soluciones. "Para todos estos campos hay que ampliar el conocimiento y formarse”, afirmó Victoria Ortega en una jornada organizada por el Consejo General para analizar las novedades en Derecho Concursal. 

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Nueva Mutua

Las ganadoras este año son la fiscal de sala contra la Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, y la jueza italiana Gabriella Luccioli, una de las primeras mujeres que accedieron a la carrera judicial en ese país. En el acto se hablará también de los sesgos de la inteligencia artificial y la polarización con Manuel Marchena, presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo; Lucía Ortiz, investigadora en Ética e IA en la Universidad Autónoma de Madrid; la magistrada Natalia Velilla, el periodista Ignacio Varela y el abogado Francisco Ignacio López. ÚLTIMAS PLAZAS

Opinión

Por Rafael Ariño, socio de Derecho Público y Regulatorio de Ceca Magán Abogados.

El autor analiza el fallo del tribunal europeo que condena a España por incumplir el Acuerdo Marco Europeo sobre el trabajo de duración determinada y le obliga a hacer fijos a cerca de medio millón de interinos.

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Tendrán lugar el 14 y 15 de marzo en Málaga bajo el lema “Compromiso con la transparencia”. Julián Sánchez Melgar, magistrado del Tribunal Supremo; África Pinillos, responsable de inspección del Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales y Luis Rubí, socio fundador y actual director de Rubí Blanc son algunos de los ponentes en estas jornadas, organizadas por la Abogacía. INSCRÍBETE YA

La Abogacía demandó el pasado miércoles, en el "Congreso Europeo Anti Blanqueo de Capitales", un órgano centralizado de prevención de blanqueo para facilitar a los abogados el cumplimiento de la ley. 

El fallo estima que los mensajes por este tipo de mensajería móvil son una prueba válida para exigir la devolución de un préstamo y obliga al acusado, que estaba en rebeldía procesal, a pagar las costas y una deuda de 5.000€, a pesar de que no había un contrato por escrito.

La Administración alegó que no tenía derecho a la compensación por haber transcurrido un periodo de tiempo superior a 10 años entre la fecha de separación judicial de su marido y la de fallecimiento, y por tener derecho a otra pensión pública. Aunque la víctima no había querido denunciar, pudo demostrar con informes médicos la situación de violencia de género que sufrió durante años. 

Además se ha estimado su derecho a continuar en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. “Ni la intervención farmacológica ni la psicológica han generado suficiente mejoría clínica como para considerar una recuperación funcional y laboral a corto plazo”, dice el auto.

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