| Cada semana buscamos y seleccionamos las noticias más destacadas para ofrecérselas en este boletín. Esperamos que resulte práctico y de utilidad. | | En nuestra entrega del día de hoy, encuentre la información sobre la vigencia de normas excepcionales sobre la capacidad financiera y organizacional de los proponentes y la reglamentación de los beneficios tributarios y aduaneros de la Copa América Femenina 2022. | Boletín | Por: Juan Sanint Escobar Asociado - Equipo Derecho Comercial y de la Empresa |
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| | Por favor, déjenos saber sus opiniones sobre este boletín. Si le resultó oportuno y con temas de verdadero interés para usted. También lo invitamos a que nos envíe o sugiera temas que quiera compartir con otras personas. Será un gusto hacerlos parte de nuestras próximas entregas.
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| | Medidas y Efectos Cambiarios | Por: Cristina Román Directora - Equipo Cambiario | • 30/06/2022: TRM $4.127,47 ↓ • 01/07/2022: TRM $4.151,21 ↑
La Junta del Banco de la República aumentó la tasa de interés de intervención en 150 puntos básicos. Este aumento es el más alto en la historia de la entidad, dejando la tasa de interés de intervención en 7.5%. La decisión se justificó en la alta inflación anual alcanzada en abril (9,23%) y mayo (9,07%), la recuperación de la economía, que según el Indicador de Seguimiento Económico alcanzó el 11,8% anual y el crecimiento de la cartera de consumo, en 22,1%
Se designa a José Antonio Ocampo como Ministro de Hacienda de Petro Gustavo Petro designó a José Antonio Ocampo como Ministro de Hacienda. Ocampo es sociólogo y politólogo, y es uno de los economistas más destacados del país. Fue Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Director del Departamento Nacional de Planeación, Ministro de Hacienda y Crédito Público, Miembro de la Junta Directiva del Banco de la República, Director Ejecutivo de la CEPAL y Secretario General Adjunto de las Naciones Unidas. Múltiples sectores han expresado su apoyo al nombramiento de Ocampo por su postura moderada y su capacidad técnica. |
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| | Lista la reglamentación para la promoción de la formación de deportistas de alto rendimiento | Mediante el Decreto 1052 de 2022, el Ministerio del Deporte expidió reglamentación con el objeto de preparar deportistas de alto rendimiento -atletas y paratletas- para la reserva deportiva del país; así como la articulación del Sistema Nacional del Deporte para el desarrollo del proceso de formación, búsqueda, identificación, selección y entrenamiento de menores y jóvenes con habilidades, talento y potencial para convertirse en deportistas de rendimiento o alto rendimiento del país. El decreto también establece reglas para el apoyo al deporte femenino de rendimiento y alto rendimiento, la estrategia para la conformación del equipo olímpico, paralímpico y sordolímpico nacional, el reconocimiento a los resultados por rendimiento y alto rendimiento, la etapa de retiro deportivo, las glorias del deporte, y la articulación institucional. | Ver más  |
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| | Nuevas reglas sobre el empleo juvenil en el sector público en Colombia | El Congreso de la República expidió la Ley 2214 del 22 de junio de 2022, por medio de la cual se reglamenta el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019 referente a la generación de empleo para la población joven del país, cuyo objetivo es la implementación de medidas del sector público tendientes a la eliminación de las barreras de empleabilidad para personas entre los 18 y 28 años y la ampliación de la oferta de empleos en las entidades estatales a nivel nacional. Las entidades públicas deberán, dentro de los 12 meses siguientes a la entrada de la ley, adecuar sus manuales de funciones y competencias laborales con las equivalencias correspondientes, posibilitando el nombramiento de estos jóvenes, siempre cuando cumplan los demás requisitos establecidos para el correspondiente cargo. | Ver más  |
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| | Modificaciones al Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas | A través del Decreto 944 de 2022, expedido por los Ministerios de Salud y Protección Social, Trabajo y Minas y Energía, se modificó el Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas, aplicable a las personas naturales y jurídicas que desarrollen labores mineras subterráneas en el territorio colombiano. Igualmente, se incluyeron obligaciones especiales para el empleador minero de brindar la capacitación en las labores mineras subterráneas a los trabajadores a su cargo a través de instituciones como el SENA, las instituciones técnicas, tecnológicas y universitarias debidamente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de formación para el trabajo y desarrollo humano y las cajas de compensación familiar. | Ver más  |
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