| Cada semana buscamos y seleccionamos las noticias más destacadas para ofrecérselas en este boletín. Esperamos que resulte práctico y de utilidad. |
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| | Medidas y Efectos Cambiarios | • 04/08/2021: TRM $3.913,59 ↑ • 05/08/2021: TRM $3.911,36 ↓ De acuerdo con las proyecciones de JP Morgan en el foro “La Encrucijada de América Latina” se espera que Latinoamérica crezca un 6,6% en 2021 y 2,7% en 2022. Colombia se espera que crezca un 7,5% (rango de 6,1% y 9% según BR) para 2021 y 3,6% (3,1% según BR) para 2022, ocupando un 3 lugar en expectativa luego de Perú y Chile. |
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| | ¿Cuáles son las razones financieras para establecer deterioros patrimoniales en el incumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha? | Mediante el Decreto 854 de 2021 se adicionaron ciertas disposiciones al Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en relación con las obligaciones de los administradores respecto a la identificación y comunicación de los riesgos de deterioro patrimonial e insolvencia, que permita la toma de decisiones oportunas. Así las cosas, la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha se verificará, por parte de los administradores sociales, al momento de elaborar los estados financieros de propósito general al cierre del ejercicio. De esta manera, si los administradores consideran que la hipótesis de negocio en marcha no se cumple, deberán presentar los estados financieros con la información completa y documentada que soporta la evaluación de la administración, para que el órgano social en reunión ordinaria tome las decisiones correspondientes. Por otro lado, se establece que los administradores sociales deben hacer monitoreos de los estados financieros, la información financiera y las proyecciones de la empresa, esto con el fin de establecer si se presentan deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia y comunicarlos de forma inmediata al máximo órgano social para la toma de las decisiones a que haya lugar. | Ver más |
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| | Colombia Modifican los delitos contra recursos naturales y el medio ambiente. | Mediante la Ley 2111 de 2021 se sustituyó el Título XI del Código Penal que trata sobre los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, lo que modifica las disposiciones contenidas entre los artículos 328 y 339 de Ley 599 de 2000. Así pues, crea los delitos de tráfico de fauna, deforestación, promoción y financiación de la deforestación, ecocidio, financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica, apropiación ilegal de baldíos de la nación y financiación de la apropiación ilegal de baldíos. Igualmente, introduce una serie de circunstancias de agravación y atenuación de la pena, y añade una circunstancia de mayor punibilidad al artículo 58 de la ley penal. Por otro lado, modifica el Código de Procedimiento Penal, al disponer que algunos de los delitos de esta naturaleza serán conocidos por los jueces penales de circuito especializados. También adiciona disposiciones sobre la suspensión y cancelación de la personería jurídica del artículo 91, sobre las medidas cautelares del artículo 92 a las que habrá lugar para este tipo de delitos, y sobre el procedimiento a seguir en caso de flagrancia, del que habla el artículo 302, cuando la captura se produzca en ríos o zonas con dificultades objetivas de acceso al territorio. | Ver más |
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| | | ¿Está próximo a pensionarse? | | 11 / 08/ 2021 | Ver más |
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¿Cómo le impacta el nuevo plan de Ordenamiento Forestal de Corantioquia? | | 12 / 08 / 2021 | Ver más |
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| Qué tipo de acreditaciones profesionales deben tener los trabajadores y contratistas de una empresa V3 | | 18 / 08/ 2021 | Ver más |
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Buenas Prácticas en temas de equidad de género | | 26 / 08 / 2021 | Ver más |
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| | Por favor, déjenos saber sus opiniones sobre este boletín. Si le resultó oportuno y con temas de verdadero interés para usted. También lo invitamos a que nos envíe o sugiera temas que quiera compartir con otras personas. Será un gusto hacerlos parte de nuestras próximas entregas. Muchas gracias por aceptarlo, leerlo y compartirlo. Seguimos en contacto. |
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