En nuestra entrega del día de hoy, encuentre la información sobre la aprobación en cuarto debate del Acuerdo de Escazú y los proyectos de ley radicados ante el Congreso de la República relacionados con inmigraciones.

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En nuestra entrega del día de hoy, encuentre la información sobre la aprobación en cuarto debate del Acuerdo de Escazú y los proyectos de ley radicados ante el Congreso de la República relacionados con inmigraciones.

Boletín

Por: Juan Sanint Escobar
Asociado - Equipo Derecho Comercial y de la Empresa

 
 
 
 

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Medidas y Efectos Cambiarios

Por: Cristina Román
Directora - Equipo Cambiario

La semana pasada el presidente Petro declaró ante el ascenso de la tasa de interés interna “tiene que ver es con evitar salida de capitales por el asenso de la tasa de interés de los EEUU. Se podría evitar con un impuesto transitorio de remesas a capitales golondrina”, declaraciones que han sido controversiales. Varios economistas y ex Ministros de Hacienda han realizado declaraciones al respecto.

Sobre el particular, el actual Ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo declaró “Quiero señalar enfáticamente que en nombre del presidente de la República que el Gobierno no va proponer control de cambios, ni va a poner impuestos a los ingresos de capital. No habrá ningún temor para esos inversionistas”.

Si bien el mensaje del Ministro tiene una intención de tranquilizar los ánimos de los inversionistas internacionales, a continuación incluimos un breve análisis de las declaraciones del presidente y de los antecedentes regulatorios relacionados.

En principio, la declaración haría referencia a la creación de un impuesto de remesa a la salida de capitales golondrina de Colombia. Normalmente se asocian los capitales golondrina como aquellos que se invierten en el mercado de valores en Colombia, ordinariamente calificados como inversión de Portafolio.

Esta modalidad de inversión extranjera ha tenido algunas restricciones en la regulación del régimen de inversiones internacionales, toda vez que en mayo de 2007 mediante Decreto 1801 [40%] y en mayo de 2008 mediante Decreto 1888 [incrementado al 50%], se estableció como medida temporal la sujeción de las inversiones internacionales de portafolio a un depósito por un término de restitución de 6 meses. Este depósito se eliminó en septiembre de 2008. Esta medida pretendía limitar el ingreso de divisas por concepto de inversión de portafolio, en su momento por un fenómeno de apreciación del COP.

Por otra parte, y como otra medida restrictiva relevante al sector, mediante decreto 4210 de 2004 el capital invertido como inversión de portafolio, debía permanecer en el país por mínimo un período de 1 año, restricción derogada en 2006.

Medidas de esta naturaleza, normalmente son un desestimulo de la inversión extranjera en el país.

Aprobado en cuarto debate el Acuerdo de Escazú

La Cámara de Representantes, en cuarto debate, votó favorablemente el proyecto de ley por medio del cual se aprueba el Acuerdo de Escazú que será sometido al procedimiento final de conciliación en el Congreso.

Este es un acuerdo regional para los 33 países de América Latina y el Caribe, que fue adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018 y firmado por Colombia el 11 de diciembre de 2019.

El objetivo del acuerdo es el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, así como la implementación en los estados parte de los derechos a:

1. Acceso a la información ambiental
2. Participación pública en la toma de decisiones ambientales
3. Acceso a la justicia en asuntos ambientales

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Tomando el pulso a los proyectos de ley sobre inmigraciones

Con corte al 10 de octubre de 2022, el Congreso de la República está tramitando 7 proyectos de ley asociados al sector inmigraciones: dos proyectos fueron presentados en la pasada legislatura, que tuvo lugar entre el 20 de julio de 2021 al 20 de junio de 2022 y los 5 restantes en la actual legislatura, la cual va desde el 20 de julio de 2022 al 20 de junio de 2023.

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