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Lunes, 6 de julio de 2020
 
 
 
 
 
MEDIDAS Y EFECTOS CAMBIARIOS
Por Cristina Román Gaitán – Equipo Cambiario, Inversiones Internacionales y Derivados Financieros

TRM 3.645,90 ↓

El Banco de la República publicó el Espe 95. Ingresos Externos Corrientes de Colombia, según el cual pueden en su mejor momento ser el 20% del PIB (bajo vs. América Latina). Estos ingresos provienen de exportaciones de bienes (70%) y el saldo (30%), entre servicios, remesas y rendimientos de inversiones en el exterior.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LOS AVANCES LEGALES MÁS DESTACADOS DEL DÍA
Por Juan Fernando Puerta– Equipo Corporativo Empresarial
 
Facilitación de las operaciones de comercio exterior en Colombia
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha incorporado medidas transitorias para el comercio exterior con el fin de mitigar los efectos causados por la emergencia sanitaria. Con estas disposiciones se pretende facilitar las actividades de las Sociedades de Comercialización Internacional agilizando la introducción de algunos bienes para atender la emergencia sanitaria y mitigar el impacto económico que sufren los usuarios de comercio exterior debido al represamiento de mercancías en su lugar de almacenamiento.

Requisitos sanitarios para productos que permitan prevenir y tratar la propagación y efectos del COVID-19.
El Ministerio de Salud estableció los requisitos sanitarios para las actividades de comercialización, distribución, dispensación, entrega no informada, almacenamiento y transporte de medicamentos, productos fitoterapéuticos, dispositivos médicos, equipos biomédicos, y reactivos de diagnóstico in vitro. Estas normas aplicarán a los establecimientos que desarrollan tales actividades, incluidas los que las ejecuten sobre los productos cosméticos y productos de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal.

Línea de crédito de BANCOLDEX y Rionegro.
La Alcaldía de Rionegro y Bancóldex diseñaron una solución de crédito preferencial denominada "Línea Rionegro responde contra los efectos económicos del Covid19 Coronavirus” dirigida al mantenimiento de la liquidez de las empresas de la región mientras se supera la coyuntura actual. Esta línea de crédito contempla un monto total de COP 1.600.000.000 y una vigencia hasta el agotamiento de los recursos aportados por el Municipio de Rionegro.

El INVIMA reanuda los términos legales suspendidos desde abril de 2020.
El INVIMA adoptó algunas medidas en relación con los términos legales suspendidos en abril del 2020 y continuará llevando a cabo las notificaciones de los actos administrativos por medios electrónicos en tanto permanezca la emergencia sanitaria.

Juez ordenó adoptar medidas de protección para las personas mayores de 70 años.
A través de un fallo del Juzgado 61 Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., se tuteló los derechos fundamentales a la igualdad, libre desarrollo de la personalidad y libertad de locomoción de las personas mayores de 70 años, residentes o domiciliadas en Colombia. Se destaca la orden impartida al Gobierno Nacional para expedir, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, en consenso con los accionantes y otras instituciones y agremiaciones de adultos mayores, un nuevo acto administrativo en el cual se determine el tiempo para el ejercicio físico por parte de los adultos mayores de 70 años.

Sentencias de la Corte Constitucional sobre los decretos de emergencia (Parte III).
La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del Decreto Legislativo 444 de 2020, que creó el Fondo de Mitigación de Emergencias –FOME, dado que cumplió con los requisitos formales y materiales previstos por la Constitución Política, la Ley Estatutaria de Estados de Excepción y la jurisprudencia constitucional. En igual sentido fue su decisión sobre el Decreto Legislativo 553 de 2020, a través del cual se definió una transferencia económica no condicionada para los Adultos Mayores y se definió la transferencia al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante administrado por las Cajas de Compensación Familiar.

 
 
 
 
 
 
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